Renovación de slogans, nombres comerciales y emblemas: ¿Cuándo y cómo?

Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Propiedad Intelectual, el 15 de febrero de 2025, se introdujo un cambio importante que muchas empresas aún no han revisado en detalle: los slogans, nombres comerciales y emblemas ahora deben renovarse.

Antes de esta reforma, estos signos distintivos tenían una vigencia indeterminada, es decir, no estaban sujetos a un plazo de vencimiento como ocurre con las marcas. Sin embargo, bajo la nueva normativa, todo slogan, nombre comercial o emblema que se registre tendrá una vigencia de 10 años, contados a partir de la fecha de inscripción y deberá renovarse para mantenerse protegido.

¿Qué sucede con los signos registrados antes del 15 de febrero de 2025?

Aquí surgió una de las principales dudas prácticas: ¿cómo se manejarían los registros que ya existían bajo la legislación anterior?

La ley establece un parámetro claro:

  • Los signos registrados antes de la entrada en vigor de la nueva ley se mantendrán vigentes por el tiempo que les haga falta para completar los diez años, contados desde su fecha de inscripción.
  • Esta vigencia especial no podrá ser inferior a dos años.

Por otro lado, para aquellos slogans, nombres comerciales o emblemas que ya habían cumplido diez años o más al momento de entrar en vigor la nueva ley, se otorgó un periodo de gracia de dos años, contados desde el 15 de febrero de 2025.

Esto significa que su fecha límite para renovación será el 15 de febrero de 2027. Lo que también significaría que ya se habilitó el plazo para solicitar la renovación de todos estos signos, el cual es de un año previo a su vencimiento.

Aspectos clave a considerar al momento de renovar cada uno de estos signos:

Ahora bien, la renovación ya no es un simple trámite administrativo. Existen requisitos específicos que deben analizarse previamente:

  1. Slogans

Si el slogan no está vinculado a una marca o a un nombre comercial, deberá vincularse para poder proceder con su renovación. Este punto es fundamental, ya que muchos slogans fueron registrados de manera independiente bajo legislaciones anteriores.

2. Nombres comerciales y emblemas

Aquí el escenario se vuelve más complejo. Para su renovación, ahora será necesario probar su uso. Este requisito puede generar retos importantes, especialmente en casos donde el nombre comercial no se está utilizando activamente en el país, pero el titular desea mantener su protección por razones estratégicas.

Si tu empresa tiene slogans, nombres comerciales o emblemas registrados, este es el momento oportuno para analizarlos y tomar decisiones estratégicas antes de que venza el plazo correspondiente. Si tienes alguno de estos signos registrados desde hace más de diez años, actualmente te encuentras dentro del plazo de gracia para renovarlo, pero es importante no dejar esta gestión para último momento, ya que la renovación ahora implica cumplir con nuevos requisitos que antes no existían.

Si necesitas apoyo para evaluar tu portafolio, preparar la estrategia de renovación o determinar qué pruebas de uso presentar, no dudes en contactarnos.

La propiedad intelectual no solo se registra: se gestiona y se protege estratégicamente.

Departamento de Propiedad Intelectual

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